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RESOLUCION de 16 de marzo de 2004, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento para la inclusión del denominado «Retablo de San Fabián y San Sebastián» en la Iglesia de San Miguel de Pozuel del Campo (Teruel) en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 29/03/2004 (Nº 37)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

RESOLUCION de 16 de marzo de 2004, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, por la que se incoa procedimiento para la inclusión del denominado «Retablo de San Fabián y San Sebastián» en la Iglesia de San Miguel de Pozuel del Campo (Teruel) en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece en el artículo 11 que los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Y, en el artículo 14, que los Bienes Culturales que no tengan la consideración de Bienes de Interés Cultural o de Bienes Catalogados formarán parte también del Patrimonio Cultural Aragonés. Se denominarán Bienes Inventariados del Patrimonio Cultural Aragonés y serán incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés.

El retablo de los Santos Fabián y Sebastián de la Iglesia de San Miguel en Pozuel del Campo está situado en el altar mayor, aunque en realidad procede de una ermita cercana dedicada a los santos titulares. Se trata de un retablo de pintura sobre tabla y estilo gótico tardío con influencias del primer renacimiento, datable en los primeros años del s.XVI. Su mazonería está formada por una predela dividida en siete calles por medio de finos pilarcillos, un cuerpo dividido en tres calles de dos pisos y un ático. Todo el conjunto se encuentra protegido por un bello guardapolvo decorado con grutescos renacentistas. En cuanto a su iconografía, la predela presenta a los Doce Apóstoles distribuidos en seis parejas en torno a la figura central de Cristo Varón de Dolores, mientras que el cuerpo presenta una gran tabla central dedicada a los santos Fabián y Sebastián y dos laterales dedicadas a Santa Catalina y Santa Susana, cuyos martirios se recogen en las dos tablas superiores, que flanquean a la Virgen entronizada con el Niño. En el ático se observa el habitual Calvario. Su factura es magnífica y su estado de conservación es bueno en general.

Teniendo en cuenta los valores histórico-artísticos arriba enunciados, se considera adecuada la inclusión del Retablo de San Fabián y San Sebastián de la Iglesia de San Miguel de Pozuel del Campo (Teruel) en el Inventario del Patrimonio Cultural Aragonés.

La declaración de un Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés requiere la previa tramitación del procedimiento administrativo que ahora se inicia y que se ha de resolver en un plazo máximo de 3 meses. Su caducidad puede ser solicitada por su propietario una vez transcurrido dicho plazo y se producirá si dentro de los tres meses siguientes a esa solicitud la Administración no dicta resolución, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés.

Por todo ello, el Director General de Patrimonio Cultural, acuerdo:

Primero: Incoar procedimiento para la declaración del denominado «Retablo de San Fabián y San Sebastián» en Pozuel del Campo (Teruel), como Bien Inventariado del Patrimonio Cultural Aragonés, de acuerdo con la descripción recogida en la presente Resolución.

Esta incoación conlleva la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección establecido para los Bienes Inventariados del Patrimonio Cultural Aragonés en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

Segundo: Publicar en el «Boletín Oficial de Aragón» la incoación del procedimiento y notificarla a los interesados, concediéndoles un trámite de audiencia de diez días, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, durante el cual podrán examinar dicho expediente en las Oficinas de esta Dirección General de Patrimonio Cultural (Edificio Pignatelli, Pº María Agustín, 36, Puerta 0, Planta 1ª, Zaragoza), de lunes a viernes, así como alegar y presentar cuantos documentos y justificantes se estimen pertinentes.

En Zaragoza, a 16 de marzo de 2004.

El Director General de Patrimonio Cultural, JAIME VICENTE REDON